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CANVI D'HORARI DEL 2025. TARDOR

La nit del 26 al 27 d'octubre a les 3 de la matinada s'haurà d'endarrerir el rellotge una hora, degut al canvi d'horari d'hivern.

Informació extreta del BOE Nº 53 DE 2 DE MARZO DE 2002

REAL DECRETO 236/2002 de 1 de marzo, por el que se establece la hora de verano.

Artículo 2. Comienzo del período de la hora de verano.

El período de la hora de verano comenzará el último domingo del mes de marzo de cada año a las dos horas de la madrugada (la una hora de la madrugada en Canarias), momento en que la hora oficial española se adelantará sesenta minutos. Por tanto, ese día tendrá una duración oficial de veintitrés horas.

Artículo 3. Fin del período de la hora de verano.

El período de la hora de verano terminará el último domingo del mes de octubre de cada año, a las tres horas de la madrugada (las dos horas de la madrugada en Canarias), momento en que la hora oficial española se retrasará sesenta minutos. Por tanto, ese día tendrá una duración oficial de veinticinco horas.

Se sigue así la pauta marcada por la propia Directiva, que en su artículo 4 encomienda a la Comisión Europea la publicación en el "Diario Oficial de las Comunidades Europeas" de la labia quinquenal correspondiente (la primera de ellas publicada mediante Comunicación de la Comisión en el "DOCE" de 2 de febrero de 2001). En España, los posteriores calendarios quinquenales se publicarán por Orden del Ministro de la Presidencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de marzo de 2002.


 Data i Horari: 

Dia: Diumenge 26 d'octubre de 2025

Horari: a les 3 h

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